MODIFICACIONES EN UNIDADES DE ENTREGAS ESPECIALES (USE's) CORREOS BARCELONA Eliminan las motocicletas y mucho más ¿cuándo pensaba la empresa comunicarlo?

La empresa Correos no ha comunicado a los DELEGADOS SINDICALES DE PREVENCIÓN, su nueva idea (otra más de las muchas que nos perturban y acaban en nada) y se mantiene en secreto. 

Solo disponemos del testimonio de uno de los asistentes a la reunión con el Jefe de Logística y el Jefe de Entregas Especiales. Han explicado lo que exponemos con un  POWER POINT: van en serio y además los directivos se creen que pueden hacerlo al margen de los trabajadores y de los delegados de prevención.   

Conversión de las uses en unidades paqueteras. Pretenden que sean la punta de lanza de Correos (Sin comunicar a los Delegados de Prevención)

·         Han establecido que en Barcelona tenemos una baja productividad por trabajador y la entrega efectiva es muy baja debido a que hay pocos vehículos.

·         A partir del jueves 17/03/2016 las UNIDADES DE ENTREGAS ESPECIALES nro. 2 y nro. 4 de Barcelona, se establecerán para realizar pruebas piloto que finalizarán el mes de junio de 2016 No se ha comunicado a los Delegados de Prevención)

·         Van a suprimir los burofax y todo el correo fino lo pasarán a las Unidades de ordinaria, es decir, las Unidades de Entregas Especiales sólo van a llevar paquetería (No sabemos cómo se atenderá el reparto de burofax por la tarde)

·         Quieren eliminar del mobiliario de las oficinas de ENTREGAS ESPECIALES las estanterías y las mesas (No se ha comunicado a los Delegados de Prevención)

·         Pretenden eliminar las motos y que todo el reparto sea en vehículo de cuatro ruedas (No se ha comunicado a los Delegados de Prevención y sin contar con las condiciones de los trabajadores, ni la conciliación de la vida laboral, se pretenden modificar horarios)

·         Van a establecer cuadros de servicios en las oficinas para el repartidor, ya que el éste tendrá, además, más funciones. Quieren activar el servicio telefónico en las PDA para ponerse en contacto con los destinatarios, para realizar la entrega efectiva aunque no sea en el domicilio.

·         En cuanto al tema del volumen y los pesos dicen que cada vez van a ser más grandes, y que para nada se van a establecer límites máximos de peso es decir que 30, 40, 50 kg o lo que haga falta No se ha comunicado a los Delegados de Prevención)

OBSERVACIONES DEL SINDICATO INDEPENDIENTE SIPCTE

1.  Que ningún compañero se ponga nervioso. Antes de preocuparse el sindicato atenderá a cada compañero sipcte.correos@gmail.com 

2.    La ley prohíbe que se manipulen pesos de más de 3 kilos sin una previa evaluación de la carga y de las posibilidades del trabajador y prohíbe el arrastre, manipulación, etc. de paquetes de más de 15 kilos, para mujeres, jóvenes y para mayores de 55 años.

3.    Asimismo, el peso recomendado para todos (incluidos hombres sanos), por Ley es de 15 kilos (como decimos para mujeres es obligatorio), por lo que es irónico que se plantee que se tengan que llegar y/o recoger paquetería de 30, 40, 50 kg o lo que haga falta.

4.    Respecto a la desaparición de las motocicletas: este asunto no queda claro ya que no resulta creíble. Los funcionarios que obtuvieron puesto de trabajo como motoristas no pueden ser removidos de su puesto. El personal laboral si podrá ser cambiado por ET) Trataremos caso a caso.

5.  Respecto a la prueba piloto en las Uses 2 y 4 (UNIDADES DE ENTREGAS ESPECIALES), de Barcelona no hemos sido informados en el sindicato por lo que procedemos a poner denuncia ante la autoridad laboral. Tampoco se ha informado de medida alguna. La jefatura ha insistido en que los sindicatos no se enteren de esto (Unidad de SIATAS en CTA de Colón y Lanzaderas), aunque estamos seguros que algún sindicato lo sabe (Unos de esos que no se han enterado que su función es estar de parte de los trabajadores)

6.    Adjuntamos más abajo los artículos 9, 15, 18 y 19 entre varios de los que la empresa Correos incumple o incumplirá. Depende de los trabajadores

VAMOS A INICIAR UN PROCESO DE INFORMACIÓN EN TODAS LAS UNIDADES DE ENTREGAS ESPECIALES USES DE BARCELONA CAPITAL Y PROVINCIA

PARTA VUESTRA INFORMACIÓN, UNA PEQUEÑA GUIA
Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
Artículo 9 Inspección de Trabajo y Seguridad Social
1. Corresponde a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social la función de la vigilancia y control de la normativa sobre prevención de riesgos laborales.
En cumplimiento de esta misión, tendrá las siguientes funciones:
a)   Vigilar el cumplimiento de la normativa sobre prevención de riesgos laborales, así como de las normas jurídico-técnicas que incidan en las condiciones de trabajo en materia de prevención, aunque no tuvieran la calificación directa de normativa laboral, proponiendo a la autoridad laboral competente la sanción correspondiente, cuando comprobase una infracción a la normativa sobre prevención de riesgos laborales, de acuerdo con lo previsto en el capítulo VII de la presente Ley.
Artículo 15 Principios de la acción preventiva
1. El empresario aplicará las medidas que integran el deber general de prevención previsto en el artículo anterior, con arreglo a los siguientes principios generales:
  • a) Evitar los riesgos.
  • b) Evaluar los riesgos que no se puedan evitar.
  • c) Combatir los riesgos en su origen.
  • d) Adaptar el trabajo a la persona, en particular en lo que respecta a la concepción de los puestos de trabajo, así como a la elección de los equipos y los métodos de trabajo y de producción, con miras, en particular, a atenuar el trabajo monótono y repetitivo y a reducir los efectos del mismo en la salud.
  • e) Tener en cuenta la evolución de la técnica.
  • f) Sustituir lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún peligro.
  • g) Planificar la prevención, buscando un conjunto coherente que integre en ella la técnica, la organización del trabajo, las condiciones de trabajo, las relaciones sociales y la influencia de los factores ambientales en el trabajo.
  • h) Adoptar medidas que antepongan la protección colectiva a la individual.
  • i) Dar las debidas instrucciones a los trabajadores.
2. El empresario tomará en consideración las capacidades profesionales de los trabajadores en materia de seguridad y de salud en el momento de encomendarles las tareas.
3. El empresario adoptará las medidas necesarias a fin de garantizar que sólo los trabajadores que hayan recibido información suficiente y adecuada puedan acceder a las zonas de riesgo grave y específico.
Artículo 18 Información, consulta y participación de los trabajadores

2. El empresario deberá consultar a los trabajadores, y permitir su participación, en el marco de todas las cuestiones que afecten a la seguridad y a la salud en el trabajo, de conformidad con lo dispuesto en el capítulo V de la presente Ley.
Los trabajadores tendrán derecho a efectuar propuestas al empresario, así como a los órganos de participación y representación previstos en el capítulo V de esta Ley, dirigidas a la mejora de los niveles de protección de la seguridad y la salud en la empresa.
Artículo 19 Formación de los trabajadores
1. En cumplimiento del deber de protección, el empresario deberá garantizar que cada trabajador reciba una formación teórica y práctica, suficiente y adecuada, en materia preventiva, tanto en el momento de su contratación, cualquiera que sea la modalidad o duración de ésta, como cuando se produzcan cambios en las funciones que desempeñe o se introduzcan nuevas tecnologías o cambios en los equipos de trabajo.

La formación deberá estar centrada específicamente en el puesto de trabajo o función de cada trabajador, adaptarse a la evolución de los riesgos y a la aparición de otros nuevos y repetirse periódicamente, si fuera necesario.

4 comentarios:

  1. Vaya cosa, se lleva haciendo meses en la USE de las rozas....

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  2. Si lo lleváis bien, si se ha dado información, si se ha contado con los trabajadores y con delegados de prevención, si se ha tenido en cuenta la modificación del puesto de trabajo de acuerdo a como se establece por Ley no tenemos nada que decir, pero si todo esto no se ha hecho, será cosa de Las Rozas y de dejación de funciones por parte de todos

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  3. En Zaragoza ya hace más de un año que lo han hecho, menos lo de lo burofax. Ya no hay motos no repartimos por producto sino por tamaño. Pequeño a ordinaria grande a la use. Un compañero delegado de CGT ha sido sancionado con un año que ya a cumplido. Se nos están comiendo poco a poco y no hacemos nada

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  4. La sanción a sido por negarse a coger furgoneta

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