A la jefa de RRLL de Correos Barcelona le falta formación y reta al sindicato SiPcte (Sindicato Independiente)

A la Sra. XXXX (A LA JEFA DE RELACIONES LABORALES CORREOS BARCELONA) que está nerviosa, le preocupa que SiPcte y sus delegados sindicales ganen todas las denuncias ante la Inspección de Trabajo, el INSS, la Mutua de Accidentes de Trabajo y los Tribunales, es decir, el 99,99% a favor de SiPcte –Sindicato Independiente y nos escribe de MALAS MANERAS. 

OMITIMOS EL NOMBRE DE LA JEFA DE RRLL POR RESPETO A SU INTIMIDAD

LA JEFA DE RELACIONES LABORALES RETA AL SINDICATO. POBRE.

Se aprecia en el redactado de su correo (palabras atropelladas, ideas entremezcladas, falta de signos de puntuación de manera que hace difícil su comprensión si no se intenta deducir por contexto, etc.) que estaba usted realmente molesta por alguna razón que solo usted conoce. Solo de esta manera es posible explicar que la Jefa de Relaciones Laborales de Cataluña (no Cuenca) de la 3ª empresa de España en número de trabajadores, escriba tamaño conjunto de sandeces.

Asombroso que quien no se lee la normativa, nos conmine a nosotros, al sindicato SiPcte Sindicato Independiente de Correos, a hacerlo. Si ustedes se la leyeran no sufrirían los varapalos que sufren en las comparecencias de Inspección de Trabajo, ni recibirían las sanciones que reciben.

Léasela usted también Sra. XXXX (Jefa de Relaciones Laborales de Correos Barcelona) Léasela. Sobre todo el Art. 2, el art. 4, el Capítulo II, en especial su Art. 16, o su Art. 18. Cuando se la haya leído usted, no con mentalidad de empresa, sino con ánimo de “conocer”; se dará cuenta que el nacimiento de esta normativa lo es para algo más que para tener un “equipillo” de técnicos por cubrir expediente, con el fin de evitar sanciones y poder decir en los estamentos correspondientes que cumplen con la normativa.

Quizá también alcance a comprender que tienen ustedes un servicio de prevención que hace dejación de funciones: no es capaz de desplazarse al puesto de trabajo para llevar a cabo su adaptación y se limitan a decirle al trabajador qué movimientos no puede hacer. ¡Como si él tuviese potestad para hacer cambios en la forma o mobiliario de su puesto! Ni es capaz de extender las medidas preventivas a todos aquellos puestos que tienen un mismo riesgo. A modo de ejemplo. Solo a modo de ejemplo.

No Sra. XXXX (Jefa de Relaciones Laborales de Correos Barcelona). Su  Servicio de Prevención tampoco se ha leído esa normativa que tan soberbiamente nos dice en su correo que nos leamos. La tenemos más que leída Sra. XXXX (Jefa de Relaciones Laborales de Correos Barcelona): Por eso  el 99’99% de las denuncias que ponemos terminan en requerimiento o en sanción. Y dan la razón al sindicato Independiente SiPcte y no a la deficiente Dirección de Correos

La figura del suplente por supuesto que no está regulada en ningún lado (bueno, si, en el Reglamento del Comité). Igual que ustedes tampoco tienen regulado en ninguna parte una figura de jefe suplente y sin embargo tienen  una bolsa de comisionados que utilizan para sustituir a jefes cuando están de baja, asuntos propios, etc. (como es lógico). Y los tienen formados para que sepan hacer su trabajo. Pues bien, no sé porque cree que con los delegados de prevención es diferente. ¿O quizá piensa que los derechos de salud de los trabajadores son menos importantes que una cartería? Espero que el tema de los sustitutos esté perfectamente clarificado. Pero fíjese sí es de cajón lo que le acabo de decir, que nos hemos molestado todos en plasmarlo en el reglamento del Comité de Seguridad. Por eso se lo nombra el Sr. Aguilella, aunque veo que ha sido en vano, pues ni como ejemplo usted ha entendido algo.

Pasemos al tema de la formación de los delegados de prevención. Cierto es que la empresa tiene la obligación de formar a los delegados de prevención. Por eso pedimos hace más de un mes que se diera la formación oportuna, cosa que no se ha hecho a día de hoy. Mire, usted a lo mejor  piensa que los delegados nuevos – SiPcte tiene 10 delegados “han nacido con una formación debajo del brazo”. Pues ya le aclaro que no. Dice en su correo “(…) no para que cualquier delegado, incluso sin formación (…)”. A ver, si para que le dé formación tiene que ser delegado de prevención, pero sino tiene formación no puede serlo… ¿Dónde me pierdo? ¿Nunca podrá haber delegados de prevención? ¿No será mejor que facilite la formación a los delegados para que puedan ser de prevención y cuando ya lo sean, amplíen esa formación? Cosa esta última que no hacen por supuesto. Porque en el fondo a ustedes no les interesa la salud de sus trabajadores sino cubrir expediente.

Respecto a quien es delegado de prevención en el sindicato es más de lo mismo. No sabemos porque se empeña en decirle al sindicato SiPcte Correos como tiene que organizarse. Por supuesto que respetamos que nos corresponden 2 delegados de prevención. Nunca hemos hecho uso de horas a cargo de la empresa para más de 2 a la vez. Solo que nosotros decidimos quien es el delegado de prevención, no la empresa, a la “fiscalizamos”. Siempre en número de dos. Nunca más. Pero si alguno no puede cumplir con sus funciones por razones de enfermedad, personales o las que sean (no deben justificarlas ante usted) nosotros sí que no haremos dejación de funciones y entonces, mandaremos a otro delegado, para que realice las funciones de velar por la salud de los trabajadores.

En fin, Sra. XXXX Jefa de Relaciones Laborales de Barcelona, que al final nos hace dudar de si no será a usted a quien le falta formación, aunque no nos referimos a formación en prevención, que también, sino a formación en relaciones laborales. No es bueno ni correcto  ese tono de reto, de pulso que se atisba en su correo. No para la jefa de Relaciones Laborales en  Cataluña de  la 3ª empresa de España.

Atentamente.

Blanca Rey.
Sindicato SiPcte Correos
www.sipctecorreos.org 



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